· Los afectados recibieron cobertura para gastos médicos y de sepelio. Además, fueron atendidos en los hospitales del Minsa, EsSalud y clínicas del país.
Desde que se creó el Fondo de Compensación del
SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito) y del CAT (Certificado
contra Accidentes de Tránsito) en el 2004 hasta el año 2021 se han atendido a
11 418 personas que sufrieron accidentes de tránsito ocasionados por vehículos
que se dieron a la fuga. La atención se dio por parte del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones (MTC) a través del Fondo SOAT y del CAT.
El Fondo de Compensación del SOAT y del CAT fue
creado para amparar a las víctimas de accidentes de tránsito causados por
vehículos que no son identificados y cuyos conductores se dan a la fuga. Los
afectados recibieron cobertura para gastos médicos y de sepelio. Además, fueron
atendidos en los hospitales del Ministerio de Salud, EsSalud y clínicas del
país.
El MTC se encarga de reembolsar los gastos
ocasionados por el accidente. Se puede reponer hasta S/ 23 000 (5 UIT vigente
al año de la ocurrencia) por persona para cubrir los gastos médicos como
atención hospitalaria, quirúrgica, farmacéutica y otros que son necesarios para
el tratamiento y rehabilitación de la víctima. El pago por gastos médicos se
realiza mediante reembolso o directamente al centro de salud que atendió a la
víctima.
En el caso de gastos de sepelio, cuya cobertura
es hasta S/ 4600 (1 UIT vigente al año de la ocurrencia) por persona, la
devolución puede ser solicitada por el cónyuge, hijos mayores de edad, padres,
hermanos o representante legal, presentando una solicitud con los documentos
requeridos.
Plazos para reclamar
beneficios
Los beneficios que otorga el Fondo únicamente
pueden ser reclamados dentro del plazo de un año, el mismo que se computará a
partir de la fecha indicada en el cargo de la comunicación por escrito que los
establecimientos de salud realicen a la víctima o a sus beneficiarios, según
corresponda.
El reembolso debe ser solicitado en la sede
principal del MTC, ubicada en Jr. Zorritos 1203, Cercado de Lima; y en los
Centros Desconcentrados Territoriales (CDT) que se encuentran en las
principales ciudades. Para mayor información pueden llamar al teléfono:
615-7800 anexos 1209, 1669 o escribir al correo: fondosoat@mtc.gob.pe
El CAT, que es emitido por las Asociaciones de
Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT), es un
documento obligatorio para los vehículos que brindan el servicio de transporte
provincial de personas, urbano e interurbano, incluyendo los mototaxis, en
favor de las víctimas de accidentes de tránsito.
Cabe recordar que el conductor que se fuga es
denunciado penalmente e inhabilitado.
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