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El MTC dispuso ampliar el plazo para
realizar estos viajes en los departamentos que se encuentran en nivel de alerta
extremo, bajo ciertas condiciones.
A
través del Decreto Supremo 002-2021-MTC, publicado hoy en la edición
extraordinaria del diario oficial El Peruano, el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones (MTC) autorizó que el transporte terrestre interprovincial de pasajeros,
en los departamentos con nivel de alerta extremo, pueda seguir realizándose de
manera excepcional desde el 31 de enero al 2 de febrero de 2021, durante el
periodo de inmovilización social obligatoria establecido para evitar la
propagación de la Covid-19.
Los
departamentos comprendidos dentro del grupo catalogado como nivel de alerta
extremo son: Lima Metropolitana y Lima Provincias, Callao, Áncash, Pasco,
Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica y Apurímac.
Para
estos departamentos, la autorización excepcional tendrá las siguientes
condiciones:
·
31 de enero: 75%
de las frecuencias autorizadas
·
01 de febrero:
50% de las frecuencias autorizadas
·
02 de febrero:
25% de las frecuencias autorizadas
Cabe indicar que, en las
regiones con nivel de alerta muy alto, el transporte interprovincial terrestre
seguirá permitido durante el periodo de inmovilización, con un aforo del 50%.
En el resto de regiones, que registran un nivel de alerta alto, seguirá dándose
el servicio con normalidad.
Estas
medidas serán fiscalizadas por la Superintendencia de Transporte Terrestre de
Personas, Carga y Mercancías (Sutran), que viene realizando operativos para
controlar que los buses y los usuarios cumplan con las disposiciones,
respetando los horarios de toque de queda establecidos en cada región, según su
nivel de alerta epidemiológica.

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