Un total de 17 papeletas de S/ 860 cada una, con el código de infracción TM-01 fueron impuestas ayer por inspectores de transporte y trÔnsito de la Municipalidad Provincial de Trujillo durante u operativo inopinados en inmediaciones del mercado Zonal Palermo
La maƱana de ayer martes se intervino a unos 30 vehĆculos de carga pesada, entre camiones, furgones y trailers entre las calles JoaquĆn Olmedo, Manuel Asencio Segura y av. CĆ©sar Vallejo, junto al exmercado Mayorista.
El operativo se realizó con participación de 13 inspectores ediles y 8 policĆas de trĆ”nsito al mando del cap. PNP RodrĆguez y el objetivo fue que se respete la normatividad vigente, evitando el congestionamiento por la carga y descarga de mercaderĆa en horarios no permitidos, dijo la gerente de Transporte, TrĆ”nsito y Seguridad Vial, Jessica Flores.
Esto en aplicación de las ordenanzas N° 09-2018 y 020-2020-MPT, que faculta a los inspectores ediles a sancionar a los conductores que no respeten las normas vigentes, principalmente alrededor de mercados como La Hermelinda, el exmercado Mayorista o los Malls, generando congestión en el trĆ”nsito.
La ordenanza 09-2018-MPT, aprueba el Reglamento de zonas y vĆas de restricción de transporte de mercancĆas y pasajeros en el continuo urbano de Trujillo; y la 020-2020-MPT, dispone que el horario de funcionamiento y/o atención al pĆŗblico en general en el mercado La Hermelinda, como medida sanitaria para mitigar el riesgo de propagación e infección del Covid-19, en el marco de la emergencia nacional sanitaria, sea de 4:00 a.m. a 2:00p.m.
La normativa indica que en la Zona 1 (el primer anillo o centro histórico -interior del perĆmetro de av. EspaƱa) solo pueden circular vehĆculos de categorĆa N1, con capacidad de carga de hasta 3.5 toneladas (camión, furgón, cisterna, tanque o volquete), en el horario de 22:00 horas a 6:00 a.m. del dĆa siguiente.
La Zona 2 (segundo anillo, al interior del perĆmetro de av. AmĆ©rica Norte, Sur. Oeste y av. La Marina) solo pueden circular en el horario de 22:00 horas a 7:00 a.m. del dĆa siguiente vehĆculos de categorĆa N2 y O3, con capacidad de carga de hasta 7 t. y solo pueden llegar hasta el perĆmetro de av. EspaƱa, sin utilizarla.
La Zona 3, comprende el Ć”rea urbana, residencial, comercial y agrĆcola al interior de los lĆmites de distrito de Trujillo, la circulación permitida es para vehĆculos categorĆa N3 y O4, de capacidad de carga de mĆ”s de 7 toneladas y solo pueden circular en el horario de 21:00 horas a 8:00 a.m. del dĆa siguiente; dependiendo de la seƱalización y sección vial accesible.
Las restricciones plasmadas en la ordenanza 09-2018-MPT, no tenĆan la infracción que permitiera hacerlas cumplir y el 26 de mayo de este aƱo se aprobó la ordenanza 020-2020-MPT.
Esta norma aprueba el cuadro de infracciones y faculta al inspector municipal imponer la infracción PMQ-01 a todos los vehĆculos de carga pesada que incumplan la ordenanza 09 o circulen en horarios no permitidos; lo mismo que la infracción TM-01.

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